Con 97 votos a favor, 20 en contra y tres abstenciones, el Senado de la República aprobó la reforma educativa en lo general y los artículos no reservados, con lo cual se deroga la “mal llamada reforma educativa” del presidente Enrique Peña Nieto.
En la votación en lo particular y luego de rechazar todas las reservas presentadas, el pleno avaló el dictamen con 97 votos a favor, 22 en contra y una abstención.
Con los votos en contra del PAN, el resto de los partidos en el Senado, Morena, PRI, PVEM, PT, Movimiento Ciudadano y PRD, se logró la mayoría calificada para la aprobación, por lo que restaría el aval de los congresos locales y la posterior promulgación del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los artículos reformados son el 3, 31 y 73 constitucionales, en materia educativa tiene algunos cambios como que planes y programas de estudio incluyan la enseñanza de matemáticas, la lecto-escritura, la literacidad y la educación sexual y reproductiva.
Además, que el Estado garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno sean idóneos.
En el Artículo 11 Transitorio se estableció que el Ejecutivo Federal, en un plazo no mayor a 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la reforma, definirá una Estrategia Nacional de Mejora de las Escuelas Normales, la cual establecerá acciones para su fortalecimiento.
En el 14 Transitorio se estipula que la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda, aprobará los recursos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en la fracción V del Artículo Tercero Constitucional.
Además, el Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y garantizará el acceso abierto a la información que derive de ella, para lo cual deberá proveer recursos y estímulos suficientes.
En el Artículo 16 Transitorio se estableció que la admisión, promoción y reconocimiento de los trabajadores al servicio de la educación, se regirán por la ley reglamentaria del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, prevaleciendo siempre la rectoría del Estado.